Adjudicación directa
La dependencia contrata a un proveedor sin concurso, en los casos que la ley permite.
Se asigna el contrato directamente. La ley la acota a supuestos concretos: monto menor a cierto umbral, urgencia, proveedor único, o los demás casos que enumera.
Es, con mucho, el tipo de procedimiento más numeroso del índice. Eso no lo hace irregular por sí mismo —muchas son compras pequeñas— pero sí es la razón de que valga la pena mirar la concentración: a quién se le adjudica directo, con qué frecuencia y por cuánto.